El director asociado de la consultora internacional y especialista en materia fiscal y legal nos explica cuáles son los principales impuestos que debes pagar si has optado por la figura jurídica de autónomo. Sigue leyendo.
En Guinea Ecuatorial los autónomos están sujetos a los siguientes dos regímenes tributarios: el Régimen de Destajo y el Régimen del Beneficio Real. Analicémoslos en detalle.
A quiénes afecta
Plazos de notificación
Si opta por este régimen, el autónomo deberá notificarlo a la Administración Tributaria desde el primer mes del año de imposición. La Administración Tributaria hará una estimación del monto de beneficio a destajo que usted debe pagar y le será notificado. A partir de la fecha de la notificación, el contribuyente dispondrá de un plazo de diez días contados para comunicar su aceptación o formular observaciones indicando la cantidad aceptada. La falta de respuesta en el plazo previsto se considerará como una aceptación.
Documentación a aportar
En los dos primeros meses de cada ejercicio deben presentarse a la Administración Tributaria los siguientes documentos: declaración anual de ventas, compras y existencias del ejercicio precedente, los libros y registros contables necesarios, facturas, etcétera.
Categoría A: Factorías y puestos de comercio en general, imprentas, restaurantes, compradores de productos, comercio ambulante, hoteles, panaderías, carpinterías y similares:
Categoría B: Aserradoras, tapicerías, talleres automovilísticos, de equipos mecánicos, frigoríficos, eléctricos, electrónicos, soldadura y construcciones metálicas en general, profesiones liberales, puestos fijos, puestos del mercado público, pescaderías y similares.
Categoría C: servicios en general, incluida la producción, proyección y difusión de imagen y sonido, artes gráficas y de rotulación, farmacias, talleres de electrodomésticos, bares, talleres artesanales, taxis en general, peluquerías y similares.
Las carpinterías, talleres artesanales sin infraestructura mecánica, excepto tapicerías, gozarán de una bonificación del 50% de la cuota.
Si la cifra de negocios es superior a la descrita en el punto anterior, debes depositar una declaración estadística y fiscal antes del 30 de abril del ejercicio siguiente y pagar los siguientes principales impuestos al fisco: